Señores Beneficiarios:

Le informamos que a raíz del COVID-19 la AFIP a dispuesto una prórroga hasta el 30/04/2020 en el Vencimiento del plazo, para la presentación de la Declaración Jurada F-572 web (Ganancias) para el ejercicio fiscal 2019.

 Esta debe contener:

  • En el caso de tener más de un empleador, informar los ingresos pagados por el empleador que no actué como agente de retención. Lo mismo ocurre en el caso del cobro de Jubilaciones y/o Pensiones cuando las mismas provengan de diferentes cajas previsionales y la Caja de Policía actué como agente de retención (ANSES, IPS, Etc.)

Para el caso de las deducciones se mencionan entre otras:

  • Empleados domésticos
  • Cargas de familia (cónyuges, Hijo/Hijastro menor de 18 Años e hijo/hijastro Incapacitado laboralmente)
  • Intereses de créditos Hipotecarios
  • Aportes a Cajas Previsionales (Caja para los Profesionales)
  • Cuota Medico Asistencial (Prepagas, Etc.)
  • Seguros de Vida

Más deducciones haga clik en el link: https://www.afip.gob.ar/genericos/guiavirtual/consultas_detalle.aspx?id=7295974

En el caso de haber cargado estos conceptos durante el trascurso del periodo fiscal 2019 recomendamos revisarlo, y si detecta algún error u omisión todavía está a tiempo de rectificarla. Recuerde que la fecha límite es el 30/04/2020.

En caso de rectificar la Declaración jurada, la misma se verá reflejada una vez realizada la liquidación final con los haberes del mes de mayo, que se percibirán a partir del segundo día hábil del mes de junio del corriente año.

Resolución General 4686/2020 (Prorroga): http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/335000-339999/335801/norma.htm

De acuerdo al cronograma oficial de la Tesorería General de la Provincia, el pago del mes de Marzo sera el 2 de Abril 2020 para aquellos  beneficiarios de la Caja de Policía que cobran a través de cajero automático (Cuenta BAPRO).

IMPORTANTE:

  • Los beneficiarios que perciben sus haberes por el sistema de ticketera, deberán esperar las novedades que implemente el Banco de la Provincia de Buenos Aires para su efectivización y serán dadas a conocer a través de esta página.
  • Los beneficiarios que perciben sus haberes en otras provincias, lo cobrarán a partir del 3 de abril.

Se recuerda se efectivizará la “SUMA FIJA A/C 2020” Remunerativa No bonificable de  $ 3.000.

La diferencia en los recibos de haberes se verá reflejada en los Códigos:

  • 15.16 - Adicional  (“SUMA FIJA A/C 2020”)
  • 27.00 - Aumento Primer Mes a Caja (“SUMA FIJA A/C 2020”)

Cabe destacar que el concepto 15.16 será abonado por única vez con los haberes de mención.

Recuerde que Ud. recibirá su recibo de haberes  través de su correo electrónico o ingresando a CAJAONLINE.

Fecha de pago de haberes Marzo 2020 se adelanta al 2 de Abril

IOMA firmó un convenio con IHS Argentina que habilita una línea telefónica para hacer frente a la pandemia de coronavirus. Mediante el 0800 333 0995, las personas afiliadas pueden hacer una consulta médica en caso de presentar síntomas relacionados con coronavirus.

Además, desde la aplicación UMA HEALTH se puede realizar un autodiagnóstico que, según los síntomas que describas, podría derivar en la consulta médica en línea.
El convenio -rubricado por el presidente de IOMA, Homero Giles y Carla Terruzzi, en representación de IHS – entró en vigencia el 16 de marzo. Con este servicio garantizamos que puedas acceder a una consulta médica online gratuita y reducir la posibilidad de contacto con focos de contagio.

Cobertura ESPECIAL en situación de emergencia por el CORONAVIRUS

Ante el actual estado de emergencia por la pandemia de Coronavirus, garantiza la continuidad del tratamiento de crónicos incluidos en Meppes que tengan equivalencia en miligramos de dosis.
Si esa persona afiliada tiene consumo permanente, constante y regular se le autorizará una única provisión. De este modo se evita hacer la renovación con toda la documentación que necesitaría. Solo debe acercarse a una Delegación o Región de IOMA, con receta de papel o sin ella.
Directamente se carga el  trámite en la Región y le entregan al afiliado una receta para que presente en la Farmacia. Con esto se evita concurrir al médico para que la firme y a otros centros de salud (laboratorios, clínicas, etc.). Los médicos de cada Región están autorizados para hacerlo.


Más información en el sitio oficial de I.O.M.A. 

El Directorio de la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones informa a todos los afiliados que, en virtud de los recientes acontecimientos de público conocimiento, se ha dispuesto la suspensión de la atención al público en Sede Central y Delegaciones y, por consiguiente, cumplir con la emergencia sanitaria que decretó el gobierno nacional sobre el coronavirus, dando cumplimiento a la normativa y demás acciones emprendidas por el gobierno nacional.

A los fines de llevar tranquilidad a nuestros afiliados, cabe informar que:

  • Los haberes del mes de Marzo se abonarán normalmente el segundo día hábil de Abril, ya que han sido liquidados y las ódenes de pago han sido remitidas al Banco de la Provincia de Buenos Aires.
  • El personal policial dado de baja incluidos en la Resolución RESO-2020-141-GDEBA-MSGP, podrán iniciar su trámite de Retiro y/o Jubilación a partir del primer día hábil de abril, aclarando que no sufrirán ninguna demora en el otorgamiento del beneficio previsional.
  • El Fondo de Ayuda Financiera hará efectivo los préstamos programados para el 25 de Marzo, ya remitidos al Banco Provincia, pero aquellos que tenían fecha probable de pago el 1° de Abril, serán depositados aproximadamente el viernes 10 de Abril.

Por ello, recomendamos acatar la cuarentena total decretada desde esta medianoche y hasta el 31 de marzo del corriente.

 

Por motivo de las decisiones tomadas por el gobierno Nacional, Provincial y Municipal tendientes a reducir el tránsito de personas y salvaguardar a nuestros afiliados y al personal de la Caja, se ha decidido prorrogar las fechas de caducidad de las Cartas Poderes que vencen a lo largo del mes en curso, hasta el 31 de Marzo del corriente año.

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CAJA DE RETIROS, JUBILACIONES Y PENSIONES DE LAS POLICÍAS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
CALLE 48 Nº 502 - LA PLATA (C.P. 1900) | PROVINCIA DE BUENOS AIRES | LÍNEA ROTATIVA (0221) 424-0867

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