Pensión para Hijo Mayor Incapacitado

¿Quiénes pueden solicitar Pensión para hijos mayores incapacitados?

A los mayores incapacitados laboralmente en más del sesenta y seis por ciento (66%), siempre que hayan estado a cargo del afiliado o de su cónyuge a la fecha de fallecimiento del primero o que resultaren hijos póstumos y carezcan de otro beneficio previsional. (Art. 43 inc. c de la Ley)

¿Cuál es el porcentaje del haber de Pensión?

Es el 75% del haber de retiro del causante. Personal policial fallecido en acto de servicio y siempre que la resolución del sumario administrativo haya declarado imputable al servicio el deceso: 100% del 120% del haber que le hubiera correspondido al afiliado.

¿Quiénes no tienen derecho a pensión?

  • Esposa/o divorciada/o vincularmente por su culpa o por culpa de ambos, siempre que no perciban cuota alimentaria por sí.
  • Esposa del afiliado separado de hecho sin voluntad de unirse, siempre que no percibiere por parte del afiliado cuota alimentaria judicialmente reconocida.

¿Qué documentación necesito para iniciar mi trámite de Pensión para Hijo Mayor Incapacitado?

Toda la documentación deberá adjuntarse en formato PDF.
Si Ud. no tiene instalado Acrobat Reader, puede descargarlo AQUÍ
  • El Formulario de Solicitud de beneficio será confeccionado a través de la pagina web de la Caja en la solapa de esta misma página "Comenzar trámite a distancia".
  • Documento Nacional de Identidad (DNI/LC/LE) original y fotocopia de anverso y reverso certificada
  • Dos fotos 4x4 color, de frente, fondo celeste y actualizadas.
  • Ultimo recibo de haberes del afiliado.
  • Constancia CUIL y/o CUIT de los solicitantes.
  • Partida de defunción del beneficiario o afiliado.
  • Certificado de Domicilio actualizado a la fecha de la petición.
  • Certificado de Nacimiento.
  • Certificación Negativa expedida por el Instituto de Previsión Social del/la solicitante. (Descárguela haciendo click AQUÍ)
  • Certificación Negativa expedida por la ANSES del titular del/la solicitante. (Descárguela haciendo click AQUÍ)
  • Certificado Médico expedido por Establecimiento Estatal, que determine la incapacidad laboral.
  • Dirección de correo electrónico (e-mail) (OBLIGATORIO)
El derecho a pensión se pierde irrevocablemente por fallecimiento del pensionado/a, no se transfiere a sus herederos.
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COMENZAR TRÁMITE

Para iniciar el trámite debe volver arriba, seleccionar la pestaña de "Comenzar Trámite a Distancia" y siga los pasos que allí están detallados.

PASO 1

Completar Solicitud de Pensión

Completar el formulario web haciendo click en botón correspondiente al trámite aquí debajo (Seleccione "Hijo/a" en la opción "Vínculo con el titular"):

PASO 1

PASO 2

Enviar Documentación

Completar el formulario web con la documentación requerida haciendo click en botón correspondiente al trámite aquí debajo:

PASO 3

Citación de la Caja

La Caja lo citará por mail o teléfono a los fines asignarle día y hora para la presentación de la documentación original enviada.
Recuerde de tener todos los originales de la documentación solicitada al momento de ser citado.
Adicionalmente se le solicitará los datos personales y copia de los documentos del todo el grupo familiar. DOS fotos actules 4X4 color, de frente, fondo celeste.

PASO 3

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CAJA DE RETIROS, JUBILACIONES Y PENSIONES DE LAS POLICÍAS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
CALLE 48 Nº 502 - LA PLATA (C.P. 1900) | PROVINCIA DE BUENOS AIRES | LÍNEA ROTATIVA (0221) 424-0867

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