Impuesto a las Ganancias
IMPUESTO A LAS GANANCIAS - Período Fiscal 2026
GUÍA PRÁCTICA
IMPUESTO A LAS GANANCIAS
Para Jubilados, Pensionados y Retirados de la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de las Policías de la Provincia de Buenos Aires
Actualizado: 2026
- ¿Quiénes pueden estar alcanzados por Ganancias?
Las jubilaciones, pensiones y retiros que tienen origen en el trabajo personal se encuentran comprendidos dentro del Impuesto a las Ganancias.
Por este motivo, determinados beneficiarios de la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de las Policías de la Provincia de Buenos Aires pueden estar sujetos a retenciones de Ganancias.
Importante: no todos los jubilados o retirados pagan Ganancias. El impuesto depende del importe del haber, de las deducciones correspondientes y de la situación particular de cada beneficiario.
- ¿Qué beneficio especial tienen los jubilados?
Los jubilados, pensionados y retirados tienen un tratamiento especial frente al Impuesto a las Ganancias.
En lugar del mínimo no imponible y la deducción especial del régimen general, pueden acceder a una deducción específica equivalente a ocho (8) veces la suma de los haberes mínimos garantizados.
Esta deducción se actualiza de acuerdo con el haber mínimo garantizado vigente.
Para acceder a este beneficio se deben cumplir determinadas condiciones.
El beneficiario:
- No debe percibir ingresos de otra naturaleza superiores al mínimo no imponible.
- No debe estar obligado a tributar el Impuesto sobre los Bienes Personales.
Excepción: la obligación de tributar Bienes Personales no impide el beneficio cuando surge exclusivamente de la tenencia de un inmueble destinado a vivienda única.
- MUY IMPORTANTE: apartado "BENEFICIOS"
Esta es una de las partes más importantes del formulario SiRADIG para los jubilados y retirados.
Dentro de:
Carga de Formulario → 5 - Beneficios
el sistema realiza preguntas destinadas a determinar si corresponde aplicar la deducción específica para jubilados.
Se debe informar:
- ¿Percibe otros ingresos?
Debe indicarse SI o NO según corresponda.
Por ejemplo, si además del beneficio de la Caja percibe ingresos provenientes de:
- Trabajo en relación de dependencia.
- Actividad autónoma.
- Monotributo.
- Actividad profesional.
- Participación en sociedades.
- Otras actividades.
- ¿Tributó Bienes Personales en el período fiscal anterior?
Debe indicarse SI o NO.
- ¿Tiene otros bienes por los que tributó Bienes Personales, además de su casa-habitación?
Debe indicarse SI o NO.
La información debe mantenerse actualizada cuando cambie la situación del beneficiario.
ARCA utiliza estas respuestas para determinar si se cumplen las condiciones necesarias para aplicar la deducción específica de jubilados.
- ¿Qué es el F.572 Web?
El Formulario F.572 Web es la declaración mediante la cual se informa a ARCA y al agente de retención:
- Cargas de familia.
- Deducciones.
- Otros ingresos.
- Percepciones.
- Pagos a cuenta.
- Información necesaria para el cálculo del Impuesto a las Ganancias.
El sistema utilizado para realizarlo es:
SiRADIG – Trabajador
La presentación se realiza en forma electrónica mediante el servicio de ARCA.
- ¿Quién debe utilizar SiRADIG?
Los beneficiarios de jubilaciones, pensiones o retiros alcanzados por el régimen de retención pueden utilizar SiRADIG para informar la información necesaria para la liquidación del impuesto.
ARCA establece específicamente el uso del sistema para las ganancias provenientes de jubilaciones, pensiones y retiros cuando se encuentran alcanzadas por el impuesto.
La Caja de Policía también mantiene disponible el Formulario 572 Web para sus beneficiarios.
- ¿Cómo ingresar a SiRADIG?
Paso 1
Ingresar al sitio oficial de ARCA:
Seleccionar:
Clave Fiscal
Ingresar con:
- CUIL
- Clave Fiscal
Se requiere una Clave Fiscal con nivel suficiente para acceder al servicio.
- Seleccionar SiRADIG – Trabajador
Una vez ingresado a ARCA:
Buscar:
SiRADIG – Trabajador
Ingresar al servicio.
Si es la primera vez que se utiliza, puede ser necesario adherir el servicio desde el Administrador de Relaciones de Clave Fiscal.
Crear un nuevo formulario
Dentro de SiRADIG:
Seleccionar:
Crear Nuevo Borrador
A continuación, se deberán completar los datos solicitados.
- DATOS PERSONALES
Completar:
- Apellido.
- Nombre.
- Domicilio.
- CUIT/CUIL y demás datos solicitados.
Luego seleccionar:
GUARDAR
- EMPLEADORES / AGENTES DE RETENCIÓN
En este apartado deberá informarse la Caja como agente de retención cuando corresponda.
Datos a consignar:
CAJA DE RETIROS JUBILACIONES Y PENSIONES DE LAS POLICÍAS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
CUIT: 30-62069801-2
Fecha de inicio de la relación
Debe colocarse la fecha en la que comenzó a percibir el beneficio de la Caja.
Fecha de finalización
Si continúa percibiendo el beneficio:
NO COMPLETAR
¿Es agente de retención?
Cuando la Caja sea quien practica la retención:
SI
La propia Caja publica estos datos en su instructivo de Ganancias.
- CARGAS DE FAMILIA
En esta sección pueden informarse las personas que cumplan los requisitos para ser consideradas cargas de familia.
Cónyuge o conviviente
Debe cumplir las condiciones establecidas por la normativa y no superar el límite de ingresos correspondiente.
Hijos e hijastros
Puede corresponder la deducción por:
- Menores de 18 años.
- Hijos o hijastros incapacitados para el trabajo, sin límite de edad.
ARCA establece además requisitos de residencia, dependencia económica y límite de ingresos.
Importante: no utilizar valores históricos que figuren en instructivos antiguos de la Caja. Los límites deben consultarse para el período fiscal que se está declarando.
12. OTROS INGRESOS
Si además del beneficio de la Caja se perciben ingresos de otro empleador o entidad, deben informarse.
Por ejemplo:
- Otra jubilación o pensión.
- Trabajo en relación de dependencia.
- Actividad profesional.
- Actividad autónoma.
- Otros ingresos alcanzados.
En estos casos puede resultar necesario determinar cuál es el agente que debe actuar como agente de retención.
No omita otros ingresos.
La información incorrecta puede generar diferencias en la liquidación anual.
- DEDUCCIONES Y DESGRAVACIONES
Según corresponda a cada persona, pueden informarse conceptos deducibles como:
Salud
- Cuotas médico-asistenciales.
- Gastos médicos y paramédicos.
Seguros
- Primas de seguro para el caso de muerte.
- Determinadas primas de ahorro, cuando corresponda.
Vivienda
- Intereses de préstamos hipotecarios.
- Alquiler de vivienda, cuando se cumplan los requisitos legales.
Educación
- Determinados gastos educativos.
- Servicios y herramientas con fines educativos, dentro de los límites establecidos.
Otros
- Donaciones.
- Gastos de sepelio.
- Determinados gastos de indumentaria y equipamiento para uso exclusivo en el trabajo.
Importante: cada deducción tiene requisitos y topes propios. No alcanza con haber realizado el gasto: debe cumplir las condiciones establecidas por la normativa.
- DOCUMENTACIÓN
Se recomienda conservar:
- Facturas.
- Recibos.
- Comprobantes de pago.
- Constancias de las instituciones.
- Documentación de las cargas de familia.
- Comprobantes de seguros.
- Comprobantes médicos.
- Documentación relacionada con alquileres o créditos hipotecarios.
Los comprobantes pueden ser requeridos para acreditar las deducciones informadas.
- OTRAS RETENCIONES, PERCEPCIONES Y PAGOS A CUENTA
En el apartado correspondiente pueden informarse determinados conceptos que permiten computar pagos a cuenta o percepciones, cuando correspondan.
Entre ellos pueden encontrarse determinados importes vinculados con el Impuesto sobre los Créditos y Débitos Bancarios.
También existen percepciones específicas establecidas por la normativa tributaria.
Antes de cargar un concepto, verificar que corresponda al período fiscal y que se encuentre habilitado por ARCA.
APARTADO BENEFICIOS:
- JUBILADO/PENSIONADO Y/O RETIRADO: ¿Percibe otros ingresos por monotributo/relación de dependencia/participación en sociedades/actividad autónoma etc? Usted deberá elegir por SI /NO, de acuerdo a su condición, y realizarlo mes a mes.
- Sr JUBILADO/PENSIONADO Y/O RETIRADO: ¿Tributo Bienes Personales en el último período fiscal anterior al que está Declarando? Usted deberá elegir por SI/NO, de acuerdo a cada persona y realizarlo mes a mes.
- Sr JUBILADO/PENSIONADO/ Y/O RETIRADO: ¿Tiene más bienes, por los que tributó Bienes Personales en el último período fiscal anterior al que está declarando, aparte de su casa-habitación? Usted deberá elegir por SI/NO, de acuerdo a cada persona y realizarlo mes a mes.
La información debe mantenerse actualizada cuando cambie la situación del beneficiario.
ARCA utiliza estas respuestas para determinar si se cumplen las condiciones necesarias para aplicar la deducción específica de jubilados.
- FINALIZAR LA PRESENTACIÓN
Una vez cargados todos los datos:
- GUARDAR
- VISTA PREVIA
Revisar cuidadosamente toda la información.
- GENERAR FORMULARIO
- ENVIAR AL AGENTE DE RETENCIÓN
Es importante conservar una copia de la presentación.
- ¿CUÁNDO CONVIENE ACTUALIZAR EL SI RADIG?
Se recomienda mantener actualizada la información durante todo el año.
Debe revisarse especialmente cuando:
- Comienza un nuevo año fiscal.
- Se inicia un nuevo beneficio.
- Cambian las cargas de familia.
- Se incorporan nuevas deducciones.
- Aparecen nuevos ingresos.
- Cambia la situación frente a Bienes Personales.
- Se modifica cualquier dato informado anteriormente.
La información puede actualizarse durante el período fiscal.
- PRESENTACIÓN ANUAL
Para el período fiscal 2025, el 31 de marzo de 2026 venció el plazo para que trabajadores, jubilados, pensionados y retirados presentaran el F.572 Web correspondiente a ese período.
Por lo tanto, para cada nuevo período fiscal deberá verificarse el vencimiento informado por ARCA.
- LIQUIDACIÓN Y DEVOLUCIONES
La Caja realiza la liquidación correspondiente y, cuando corresponda:
- Practica retenciones.
- Realiza devoluciones.
- Efectúa la liquidación anual.
Por eso es importante que la información cargada en SiRADIG esté completa y actualizada.
- CÓDIGOS QUE PUEDEN APARECER EN EL RECIBO
Como referencia, pueden aparecer conceptos relacionados con Ganancias, entre ellos:
54.00 – Retención de Ganancias
54.01 – Retención Liquidación Final
74.10 – Devolución Liquidación Final
74.54 – Devolución de Ganancias
Ante una diferencia o concepto que no pueda identificar, se recomienda consultar directamente con la Caja.
- PREGUNTAS FRECUENTES
¿Todos los jubilados de la Caja pagan Ganancias?
No.
El hecho de ser jubilado o retirado de la Caja no significa automáticamente que corresponda pagar Ganancias.
La retención depende del importe del beneficio, las deducciones y la situación particular de cada persona.
¿Tengo que presentar el F.572 aunque no tenga nada para deducir?
Si estoy alcanzado por el régimen correspondiente, debo verificar las obligaciones de presentación del período.
ARCA establece la presentación del SiRADIG para determinados beneficiarios de ganancias de cuarta categoría, incluyendo jubilaciones, pensiones y retiros alcanzados.
¿Puedo cargar gastos médicos?
Sí, cuando correspondan y cumplan con los requisitos y límites establecidos por la normativa.
¿Puedo informar a mi cónyuge?
Sí, siempre que cumpla los requisitos establecidos para ser considerado carga de familia.
¿Puedo informar a un hijo mayor de 18 años?
En términos generales, no.
Existe una excepción para hijos o hijastros incapacitados para el trabajo, que pueden ser deducidos sin límite de edad cuando se cumplen las condiciones legales.
¿Qué pasa si además tengo otro ingreso?
Debe informarse en SiRADIG.
Además, ese ingreso puede afectar el derecho a utilizar la deducción específica para jubilados.
¿Tener una vivienda propia me hace perder el beneficio?
No necesariamente.
La normativa contempla una excepción cuando la obligación frente a Bienes Personales surge exclusivamente de la tenencia de un inmueble destinado a vivienda única.
¿Qué pasa si mi situación cambia durante el año?
Debe actualizarse el SiRADIG.
Por ejemplo, si comienza una actividad laboral, obtiene otro ingreso, cambia una carga de familia o cambia su situación frente a Bienes Personales.
- IMPORTANTE SOBRE LA DEDUCCIÓN ESPECÍFICA
La deducción específica de jubilados no debe confundirse con el mínimo no imponible general.
Para jubilados, pensionados y retirados que cumplen las condiciones establecidas, la normativa contempla una deducción específica equivalente a:
8 veces el haber mínimo garantizado
El importe se modifica de acuerdo con las actualizaciones del haber mínimo garantizado.
Por este motivo, no se recomienda colocar en un instructivo un único importe anual o mensual que pueda quedar desactualizado.
- DATOS DE CONTACTO – CAJA DE POLICÍA
Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de las Policías de la Provincia de Buenos Aires
Dirección: Calle 48 N.º 502 – La Plata
Teléfono: (0221) 424-0867
La Caja también dispone actualmente de Mi Caja PBA, donde los beneficiarios pueden consultar, entre otras cosas, recibos y certificados de haberes.
RECOMENDACIÓN FINAL
Antes de enviar el F.572 Web:
☐ Revisar datos personales.
☐ Verificar que la Caja figure correctamente como agente de retención.
☐ Revisar cargas de familia.
☐ Informar otros ingresos.
☐ Cargar las deducciones correspondientes.
☐ Revisar el apartado Beneficios.
☐ Verificar la situación frente a Bienes Personales.
☐ Realizar la vista previa.
☐ Generar el formulario.
☐ Enviarlo al agente de retención.
☐ Guardar una copia.
Ante cualquier duda específica sobre la liquidación o retención practicada, consultar a través de la siguiente casilla de mail: mutuales@cajapolicia.gob.ar o al whatsapp de la Caja: +54 9 2215 07-0850
Ingresar por Acceso con Clave Fiscal
INGRESAR (CUIL y Clave Fiscal)
Ingresar por Acceso con Clave Fiscal
- Ingresar Administrador de Relaciones de Clave Fiscal
- Ingresar a Adherir Servicios
- Ingresar por la solapa AFIP-Servicios Interactivos
- Buscar SIRADIG TRABAJADOR, confirmar
- EN CASO DE QUE SOLICITE VALIDACION DE TELEFONO Y MAIL, DEBERA REINGRESAR A LA PAGINA DE LA AFIP, SISTEMA REGISTRAL, CARGAR TELEFONO Y/O MAIL
Ingresar por Acceso con Clave Fiscal
Una vez que ingresa al servicio de SiRADIG-Trabajador se elegirá a usted o a la persona que representa

Haga clic en "Crear Nuevo Borrador"

Comience la carga de los datos requeridos

DATOS PERSONALES
Carga Apellido Nombre, Domicilio y GUARDAR

EMPLEADORES
CAJA DE RETIROS JUBILACIONES Y PENSIONES DE LAS POLICIAS DE LA PCIA DE BUENOS AIRES
CUIT: 30-62069801-2
FECHA DE INCIO DE RELACION: DIA/MES/AÑO QUE COMENZO A SER BENEFICIARIO/A DE LA CAJA DE POLICIA
FECHA FIN DE RELACIÓN: NO AGREGAR NADA
¿ES AGENTE DE RETENCIÓN?: SI (en caso que no consignar el valor SI, usted NO PODRA INGRESAR VALOR ALGUNO PARA SUS DEDUCCIONES) Y GUARDAR

CARGA DE FORMULARIO (este sería el formulario 572 web)
DETALLES DE LAS CARGAS DE FAMILIA (Detallar familiares a cargo)
- ESPOSA/O: QUE NO POSEA UN BENEFICIO DE RETIRO O PENSION O DE SER ASI QUE NO EXCEDA LOS $51.967 ANUALES. (MONTO CORRESPONDIENTE AL 2017)
- HIJO/A: MENORES DE 18 AÑOS
- HIJO/A: IMPEDIDO (SIN LIMITE DE EDAD)

IMPORTE DE LAS GANANCIAS LIQUIDADAS EN EL TRANSCURSO DEL PERÍODO FISCAL POR OTROS EMPLEADORES O ENTIDADES
PLURIEMPLEO/OTROS EMPLEADORES- DEBERA DESIGNAR A AQUEL QUE LE ABONE EL MAYOR SUELDO BRUTO POR TODO CONCEPTO
- RETIENE LA CAJA
- RETIENE OTRO AGENTE

DEDUCCIONES Y DESGRAVACIONES
- CUOTA MÉDICO ASISTENCIAL
- PRIMAS DE SEGURO PARA EL CASO DE MUERTE
- DONACIONES
- INTERESES PRESTAMOS HIPOTECARIOS
- GASTOS DE SEPELIO
- GASTOS MÉDICOS Y PARAMÉDICOS
- DEDUCCIÓN DEL PERSONAL DOMESTICO
- APORTE A SOCIEDADES DE GARANTÍA RECÍPROCA
- VEHÍCULOS DE CORREDORES Y VIAJANTES DE COMERCIO
- GASTOS DE MOVILIDAD, VIÁTICOS Y REPRESENTACIÓN E INTERESES DE CORREDORES Y VIAJANTES DE COMERCIOS
- OTRAS DEDUCCIONES: ALQUILER DE INMUEBLES/CAJAS PREVISIONALES

OTRAS RETENCIONES, PERCEPCIONES Y PAGOS A CUENTA
- IMPUESTO SOBRE MOVIMIENTOS DE FONDOS, PROPIOS O DE TERCEROS
- OPERACIONES DE ADQUISICION DE SERVICIOS EN EL EXTERIOR CONTRATADOS A TRAVES DE AGENCIAS DE VIAJES Y TURISMO -MAYORISTAS Y/O MINORITAS- DEL PAIS, QUE SE CANCELEN MEDIANTE EL PAGO EN EFECTIVO (el equivalente al 5%)

BENEFICIOS
- Sr JUBILADO/PENSIONADO/Y/O RETIRADO ¿Usted vive en región patagónica? - deberá elegir SI/NO, de acuerdo si vive en la Zona Patagónica, realizarlo mes a mes
- Sr JUBILADO/PENSIONADO Y/O RETIIRADO ¿Percibe otros ingresos por monotributos/relación de dependencia/participación en sociedades/actividad autónoma etc? Usted debera elegir por SI /NO, de acuerdo a su condición, y realizarlo mes a mes.
- Sr JUBILADO/PENSIONADO Y/O RETIRADO ¿Tributo Bienes Personales en el último período fiscal anterior al que está Declarando? Usted deberá elegir por SI/NO, de acuerdo a cada persona y realizarlo mes a mes.
- Sr JUBILADO/PENSIONADO/ Y/O RETIRADO ¿Tiene más bienes, por los que tributó Bienes Personales en el último período fiscal anterior al que está declarando, aparte de su casa-habitación? Usted deberá elegir por SI/NO, de acuerdo a cada persona y realizarlo mes a mes.

SE SUGIERE REALIZARLO MENSUALMENTE LOS PRIMEROS DIAS DE CADA MES
CODIGOS DE RETENCION DE IMPUESTO A LAS GANANCIAS
- 54.00-Retención de Ganancias
- 74.54-Devolución de Ganancias
PREGUNTAS FRECUENTES
- Cuando se produce el alta de un nuevo beneficio en la Caja de Retiros se deberá completar el formulario 572 WEB (SIRADIG) de la AFIP.
- Cuando cambia el año fiscal (1 de enero de cada año).
- Cuando se producen modificaciones con respecto a la anterior presentación.
¿Quiénes lo deben utilizar?
¿Cuándo deberían ser incorporadas las modificaciones en el SIRADIG?
Es posible efectuarlas:
- En cualquier momento del período fiscal con cada novedad (Ej. Con cada factura de la asistencia médica).
- En forma mensual (Ej. pluriempleo).
- En forma anual
- En cada presentación rectificativa deberá incorporar la información nueva a lo ya declarado. Cada presentación debe contener toda la información desde el inicio del año fiscal.
CONSULTAS
TELEFONO: (0221) 424-0867 INTERNO 318
ATENCIÓN AL PÚBLICO: LUNES A VIERNES DE : 9.00 A 13.00 hs.
D.T.P. - División Descuentos mutuales@cajapolicia.gob.ar
Al WhatsApp de la Caja






