Subsidio por Fallecimiento de Beneficiario para Hijos (Ley 9507/80)

Decreto Ley 9507/80

En caso de fallecimiento del beneficiario (Retiro o Jubilación) corresponde el pago por única vez.

¿Quiénes pueden acceder a este subsidio?

Lo pueden solicitar sólo el/los hijo/s legítimo/s, cuando no existe cónyuge supérsite.

¿Qué documentación necesito para iniciar el trámite?

  • Formulario de Solicitud del Subsidio
  • Partida de defunción del causante
  • Partida de defunción de esposo/a (en caso de que lo hubiese)
  • Certificado de divorcio o documentación respaldatoria de separado de hecho (en caso de que lo hubiese)
  • Certificado de Nacimiento actualizado de todos los solicitantes
  • Documento Nacional de Identidad anverso y reverso de todos los solicitantes
  • Constancia de CUIL y/o CUIT de cada uno de los solicitantes
  • Dirección de correo electrónico (e-mail)
  • Constancia de CBU del solicitante certificada por el Banco (debe contener nombre completo y número de cuenta legible)

En caso de haber fallecido alguno de los herederos se deberá acompañar el correspondiente certificado de defunción.

PASO 1

Completar Solicitud de Subsidio por Fallecimiento de Beneficiario para Hijo/s

Completar el formulario web haciendo click en botón correspondiente al trámite aquí debajo:

PASO 1

PASO 2

Enviar Documentación

Completar el formulario web con la documentación requerida haciendo click en botón correspondiente al trámite aquí debajo:

PASO 3

La Caja lo citará por mail o teléfono a los fines asignarle día y hora para la presentación de la documentación original enviada

Recuerde de tener todos los originales de la documentación solicitada al momento de ser citado.

PASO 3

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CAJA DE RETIROS, JUBILACIONES Y PENSIONES DE LAS POLICÍAS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
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