Están disponibles los formularios F-1357 y F-649 del Impuesto a las Ganancias Período 2020

Ya se encuentran disponibles las declaraciones juradas F-1357 aquellos que su bruto supero el $1.000.000 (Acceso con clave fiscal) y F-649 (Acceso a través de nuestra plataforma CajaOnline) del periodo 2020

 

PRESENTACIÓN DE DECLARACIONES JURADAS PATRIMONIALES INFORMATIVAS

Cuando el importe bruto de las rentas (gravadas, exentas y/o no alcanzadas) obtenidas en el año fiscal, resulte igual o superior a UN MILLÓN QUINIENTOS MIL PESOS ($ 1.500.000.-), el beneficiario de las mismas deberá informar a este Organismo: 

  1. a) El detalle de sus bienes al 31 de diciembre de cada año, valuados conforme a las normas del impuesto sobre los bienes personales que resulten aplicables a esa fecha, mediante el servicio “Bienes Personales Web” (Afip).

  2. b) El total de ingresos, gastos, deducciones admitidas y retenciones sufridas, entre otros, de acuerdo con lo previsto en la Ley de Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones, a través del servicio “Ganancias Personas Humanas - Portal Integrado” (Afip).

El acceso a tales servicios requiere contar con “Clave Fiscal”, con nivel de seguridad 2 como mínimo, obtenida de acuerdo con lo previsto en la Resolución General N° 3.713 y sus modificatorias.

Asimismo, las características, funcionalidades y demás aspectos técnicos de los aludidos servicios informáticos podrán consultarse en el micrositio (http://www.afip.gob.ar/gananciasybienes).

Las declaraciones juradas tendrán el carácter de informativas, excepto que de ellas resulte saldo a pagar o a favor del contribuyente, y -en la medida en que los beneficiarios de las rentas no se encuentren inscriptos en los respectivos impuestos- podrán ser presentadas hasta el día 30 junio, inclusive, del año siguiente a aquel al cual corresponde la información que se declara.

 

DECLARACION JURADA F.1357

Los beneficiarios podrán consultar e imprimir el formulario de declaración jurada F. 1357 “Liquidación de Impuesto a las Ganancias – 4ta. Categoría Relación de Dependencia” correspondiente a la liquidación anual, final o informativa, según corresponda, a través del aludido “Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SiRADIG) - TRABAJADOR”.

 

CONSULTA DE RETENCIONES PRACTICADAS

Los beneficiarios que hayan sido pasibles de retenciones, podrán acceder a través del sitio “web” institucional de la AFIP, con la respectiva “Clave Fiscal”, al servicio denominado “MIS RETENCIONES”, para consultar la información relativa a las mismas, obrante en los registros de del Organismo mencionado anteriormente.

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